CERTIFICADO DE CONTINUIDAD MATRIMONIAL


LAS PERSONAS QUE SOLICITEN CUALQUIER ACTUACIÓN CONSULAR DEBERÁN PRESENTAR SU DNI PERUANO VIGENTE O CON EL RESGUARDO DE TRAMITACIÓN

De acuerdo con la nueva normativa emanada de la Brigada Provincial de Extranjería y Documentación de España, para la renovación de los permisos de residencia de cónyuges se está solicitando a los interesados un “certificado de continuidad del matrimonio”, el cual debe ser expedido por el consulado respectivo.

En este sentido, este Consulado General procederá únicamente a expedir tales documentos a las personas que cumplan con los siguientes requisitos:

- Partida de matrimonio original y legalizada con una antigüedad no mayor de seis meses.
- Presencia de uno de los cónyuges.
- Presentación de los pasaportes y Documento Nacional de Identidad de ambos cónyuges
- Pago de 22,50 euros por derechos de trámite a pagar en la cuenta de CAJASOL Nº: 2106-1120-13-1142000016

 

 
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